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Cambios en el sistema de importaciones, será a simple declaración jurada

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El Gobierno nacional modificó el sistema de importaciones que funcionaba hasta el momento (conocido como SIRA) por un nuevo sistema. No habrá más licencias ni permisos para importar. Desde nación afirman que «Se eliminan así las trabas al comercio basadas en la discrecionalidad, desarmando posibles nichos de corrupción, y se ajusta el sistema a los estándares internacionales de la OMC respecto a la administración del comercio.»

La resolución conjunta 5466/23 de la Secretaría de Comercio y la AFIP publicada hoy en el Boletín Oficial se da en el marco de los anuncios del ministro de Economía, Luis Caputo, tendientes la normalización del comercio y a cumplir con las normas internacionales de la Organización Mundial de Comercio. A partir de ahora se implementará el Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI) que tiene el objetivo de obtener información anticipada que ayudará en la matriz de riesgo aduanero.

La resolución conjunta entre la AFIP y la Secretaría de Comercio establece que quienes deseen importar deberán completar una Declaración Jurada informativa en el sitio de AFIP, en el apartado SEDI.

Si bien dejarán de existir los bloqueos de la Secretaría de Comercio – que no aprobaban las SIRAS – subsistirán los vinculados a la seguridad y salubridad de las mercaderías, que se corresponden con análisis técnicos de organismos como SENASA, ANMAT, INAL, entre otros.

Esta resolución conjunta se complementa con la resolución 1/2023 de la Secretaría de Comercio que abroga la resolución 523/2017 que establecía las Licencias No Automáticas de Importación.

La resolución también establece los mecanismos y condiciones para comenzar a saldar la deuda comercial que mantienen las empresas con proveedores del exterior y que asciende a unos 31 mil millones de dólares, producto de la mala administración de la gestión anterior. Esto permitirá ordenar el flujo de comercio exterior argentino sin desatender los problemas de la herencia recibida.

Con el objetivo de conocer y transparentar la deuda real, se establece que todas las personas y empresas que hayan importado y que tengan deuda comercial con proveedores deberán registrarse en el llamado “Padrón de deuda comercial por importaciones con proveedores del exterior”. La inscripción a este padrón estará abierta por 15 días corridos desde la publicación de la resolución.

Al fin de saldar esa deuda, a través de la Comunicación A «7918» del Banco Central se instrumentó el llamado Bono para la Reconstrucción de una Argentina Libre (Bopreal), que será una de las opciones que se disponibilizarán a los importadores con deuda comercial.

Esto se suma a la Comunicación “A” 7917 del Banco Central, que estableció los tiempos de pagos de las importaciones realizadas desde el 13 de diciembre en adelante. Esta comunicación prevé como generalidad, el pago de las operaciones en 4 partes iguales y consecutivas, a los 30, 60, 90 y 120 días, a la vez que fija algunas excepciones.