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La Justicia suspende el decreto antihuelga de Milei tras presentación de la CGT

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La Justicia laboral ha fallado a favor de la Confederación General del Trabajo (CGT), ordenando la suspensión de los artículos del Decreto 340/2025 del gobierno de Javier Milei que afectaban el derecho a huelga de los trabajadores. La decisión fue tomada por la jueza Moira Fullana, a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº3, en respuesta a la medida cautelar presentada por la central sindical.

La magistrada resolvió «suspender provisoriamente los efectos de los artículos 2° y 3° del D.N.U. 340/25 en relación con la CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO y los trabajadores representados por dicha entidad gremial hasta tanto se dicte sentencia definitiva». Este dictamen llega después de que la CGT optara por la vía judicial, presentando un pedido de amparo para declarar la invalidez constitucional del decreto, en lugar de avanzar con un plan de lucha en las calles.

La presentación judicial de la CGT apuntaba a la intención del gobierno de limitar fuertemente el derecho a huelga, a través de una medida que consideraron inconsulta y violatoria de la Constitución Nacional y de convenios internacionales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Entre los fundamentos del amparo, la central sindical argumentó que el DNU presidencial reglamenta de manera restrictiva el derecho de huelga, ampliando arbitrariamente la lista de actividades consideradas “servicios esenciales” e imponiendo niveles mínimos de prestación (del 75% al 50%) que, según la CGT, en la práctica imposibilitan el ejercicio legítimo de las medidas de fuerza.

La central obrera también subrayó que la medida viola el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, así como los Convenios 87 y 98 de la OIT, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otras normas con jerarquía constitucional que garantizan la libertad sindical y el derecho a la huelga.

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